POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO (AML) Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO (CFT)
PesoLatino, empresa que realiza la compra y venta de criptomonedas con recursos propios
Versión: 29 de septiembre de 2025
INTRODUCCIÓN
PesoLatino, como plataforma de intercambio de criptoactivos por pesos mexicanos utilizando sus propios recursos líquidos, se encuentra sujeta a las disposiciones de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech), y las disposiciones de carácter general aplicables emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Las actividades de PesoLatino se clasifican como "actividades vulnerables" conforme al artículo 17 de la LFPIORPI, específicamente en lo relativo a la compraventa de criptoactivos (fracción XXII), lo que implica obligaciones estrictas en materia de prevención de lavado de dinero (AML) y financiamiento al terrorismo (CFT).
Esta Política AML/CFT establece los procedimientos internos para identificar, prevenir y mitigar riesgos de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, asegurando el cumplimiento de las reformas de julio de 2025 a la LFPIORPI y obligaciones ampliadas de monitoreo y reportes. PesoLatino no almacena fondos ni activos digitales de clientes, actuando exclusivamente como contraparte en transacciones con sus propios recursos, lo que reduce ciertos riesgos operativos, pero no exime de las obligaciones regulatorias.
El incumplimiento de esta Política puede derivar en sanciones administrativas, penales o de supervisión por parte de la CNBV o UIF, incluyendo multas hasta por el 10% de los ingresos netos anuales o suspensión de operaciones.
ALCANCE Y OBJETIVOS
Esta Política aplica a todos los directivos, empleados, contratistas y terceros que actúen en nombre de PesoLatino, así como a todas las operaciones realizadas en la Plataforma.
Objetivos principales:
Identificar y verificar la identidad de clientes (KYC).
Monitorear transacciones para detectar patrones sospechosos.
Reportar operaciones relevantes o sospechosas a la UIF.
Mantener registros durante 10 años, conforme al artículo 26 de la LFPIORPI.
Capacitar al personal y realizar revisiones periódicas para mitigar riesgos.
PesoLatino realiza una evaluación de riesgos anual, considerando factores como el perfil del cliente, origen de fondos, volumen de transacciones y jurisdicciones de alto riesgo (listas de la UIF y FATF).
RESPONSABILIDADES
Oficial de Cumplimiento AML/CFT (OCAML): Designado por la dirección de PesoLatino, responsable de implementar esta Política, supervisar el cumplimiento, capacitar al personal y reportar a la UIF. Contacto: contacto@pesolatino.com
Dirección General: Aprueba la Política y asegura recursos para su ejecución.
Empleados: Reportan cualquier actividad sospechosa al OCAML de inmediato.
Clientes: Obligados a proporcionar información veraz y actualizada; violaciones pueden resultar en suspensión de la Cuenta.
PROCEDIMIENTOS DE IDENTIFICACIÓN Y VERIFICACIÓN (KYC/CDD)
Conforme a los artículos 12, 17 y 18 de la LFPIORPI y las Disposiciones de Carácter General en Materia de Prevención de Lavado de Dinero para ITF (emitidas por la CNBV en 2023, con actualizaciones 2025), PesoLatino aplica:
1. Conocimiento del Cliente (KYC) Básico
Registro inicial: Todos los clientes (físicos o morales) deben ser mayores de 18 años y proporcionar:
Identificación oficial vigente (INE, pasaporte).
Comprobante de domicilio (no mayor a 3 meses).
Número de teléfono, correo electrónico y geolocalización del dispositivo.
Para personas morales: Acta constitutiva, poder notarial y RFC.
Verificación biométrica y facial para confirmar identidad.
Clasificación de riesgo inicial: Bajo, medio o alto, basado en perfil (volumen de operaciones, jurisdicción, PEP — Personas Políticamente Expuestas).
2. Diligencia Debida (CDD) y Diligencia Debida Reforzada (EDD)
CDD estándar: Para operaciones ≤ 210 UMAs ($23,700 MXN), verificar origen de fondos y propósito de la transacción.
EDD para alto riesgo: Para operaciones > 210 UMAs, PEP, jurisdicciones de alto riesgo (FATF) o patrones inusuales:
Prueba de origen de fondos (estados de cuenta, nóminas).
Monitoreo continuo de transacciones.
Verificación de beneficiarios finales (UBO) para morales.
Pagos por terceros: Permitidos solo con autorización expresa del cliente. PesoLatino rechaza pagos si el tercero no cumple o genera sospechas, conforme al artículo 17 fracción XXII de la LFPIORPI. El cliente garantiza la legitimidad y asume toda responsabilidad.
No se aceptan clientes de países sancionados (OFAC, UE) o listados en la Lista de Personas Bloqueadas de la UIF.
MONITOREO DE TRANSACCIONES Y DETECCIÓN DE ACTIVIDADES SOSPECHOSAS
PesoLatino implementa sistemas automatizados de monitoreo en tiempo real, conforme al artículo 20 de la LFPIORPI y las reformas de 2025:
Umbrales de reporte:
Operaciones > 210 UMAs en criptoactivos: Reporte inmediato como Operación Relevante (AOR) a la UIF.
Comisiones > 4 UMAs: Reporte obligatorio.
Indicadores de sospecha (red flags):
Transacciones frecuentes de alto valor sin justificación económica.
Uso de VPN o geolocalización inconsistente.
Pagos por terceros sin relación clara.
Patrones de "smurfing" (división de montos) o mixing de criptoactivos.
Operaciones con wallets de alto riesgo (identificados vía blockchain analysis).
Acciones: Suspensión temporal de la Cuenta, solicitud de documentación adicional y reporte a UIF dentro de 24 horas si se confirma sospecha. PesoLatino utiliza herramientas de análisis blockchain para rastreo.
REPORTES Y COMUNICACIONES CON AUTORIDADES
Avisos de Operaciones Relevantes (AOR): Enviados electrónicamente al Portal de la UIF para transacciones que excedan umbrales o sean sospechosas.
Avisos de Operaciones Sospechosas: Dentro de 3 días hábiles, incluyendo detalles de cliente, transacción y justificación.
Reportes anuales: Evaluación de riesgos y volumen de operaciones a la CNBV.
Confidencialidad: No se notifica al cliente sobre reportes, conforme al artículo 23 de la LFPIORPI.
CONSERVACIÓN DE REGISTROS
Todos los documentos, transacciones y reportes se conservan por 10 años en formato digital seguro, accesible para auditorías de la CNBV o UIF (artículo 26 LFPIORPI). Incluye logs de acceso, geolocalización y verificaciones KYC.
CAPACITACIÓN Y CONCIENTIZACIÓN
Entrenamiento anual: Obligatorio para todo el personal, cubriendo LFPIORPI, Ley Fintech, red flags y procedimientos internos. Mínimo 8 horas/año, con certificación.
Actualizaciones: Sesiones trimestrales sobre reformas (e.g., umbrales 2025).
Canal de reportes internos: Línea anónima para denuncias de irregularidades (whistleblower).
AUDITORÍA Y REVISIÓN
Auditoría interna: Semestral, por equipo independiente, evaluando efectividad de controles.
Auditoría externa: Anual, por firma autorizada por CNBV.
Revisión de la Política: Anual o ante cambios regulatorios (e.g., DOF 16/07/2025). Aprobada por la Dirección General.
SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO
Internas: Advertencia, suspensión o terminación laboral. Externas: Reporte a autoridades. Clientes: Suspensión indefinida de Cuenta y reporte a UIF.
PesoLatino se compromete a un cumplimiento proactivo, colaborando con la UIF y CNBV. Para consultas: contacto@pesolatino.com
Aprobado por: Dirección General de PesoLatino
PesoLatino, empresa que realiza la compra y venta de criptomonedas con recursos propios
Versión: 29 de septiembre de 2025
INTRODUCCIÓN
PesoLatino, como plataforma de intercambio de criptoactivos por pesos mexicanos utilizando sus propios recursos líquidos, se encuentra sujeta a las disposiciones de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech), y las disposiciones de carácter general aplicables emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Las actividades de PesoLatino se clasifican como "actividades vulnerables" conforme al artículo 17 de la LFPIORPI, específicamente en lo relativo a la compraventa de criptoactivos (fracción XXII), lo que implica obligaciones estrictas en materia de prevención de lavado de dinero (AML) y financiamiento al terrorismo (CFT).
Esta Política AML/CFT establece los procedimientos internos para identificar, prevenir y mitigar riesgos de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, asegurando el cumplimiento de las reformas de julio de 2025 a la LFPIORPI y obligaciones ampliadas de monitoreo y reportes. PesoLatino no almacena fondos ni activos digitales de clientes, actuando exclusivamente como contraparte en transacciones con sus propios recursos, lo que reduce ciertos riesgos operativos, pero no exime de las obligaciones regulatorias.
El incumplimiento de esta Política puede derivar en sanciones administrativas, penales o de supervisión por parte de la CNBV o UIF, incluyendo multas hasta por el 10% de los ingresos netos anuales o suspensión de operaciones.
ALCANCE Y OBJETIVOS
Esta Política aplica a todos los directivos, empleados, contratistas y terceros que actúen en nombre de PesoLatino, así como a todas las operaciones realizadas en la Plataforma.
Objetivos principales:
Identificar y verificar la identidad de clientes (KYC).
Monitorear transacciones para detectar patrones sospechosos.
Reportar operaciones relevantes o sospechosas a la UIF.
Mantener registros durante 10 años, conforme al artículo 26 de la LFPIORPI.
Capacitar al personal y realizar revisiones periódicas para mitigar riesgos.
PesoLatino realiza una evaluación de riesgos anual, considerando factores como el perfil del cliente, origen de fondos, volumen de transacciones y jurisdicciones de alto riesgo (listas de la UIF y FATF).
RESPONSABILIDADES
Oficial de Cumplimiento AML/CFT (OCAML): Designado por la dirección de PesoLatino, responsable de implementar esta Política, supervisar el cumplimiento, capacitar al personal y reportar a la UIF. Contacto: contacto@pesolatino.com
Dirección General: Aprueba la Política y asegura recursos para su ejecución.
Empleados: Reportan cualquier actividad sospechosa al OCAML de inmediato.
Clientes: Obligados a proporcionar información veraz y actualizada; violaciones pueden resultar en suspensión de la Cuenta.
PROCEDIMIENTOS DE IDENTIFICACIÓN Y VERIFICACIÓN (KYC/CDD)
Conforme a los artículos 12, 17 y 18 de la LFPIORPI y las Disposiciones de Carácter General en Materia de Prevención de Lavado de Dinero para ITF (emitidas por la CNBV en 2023, con actualizaciones 2025), PesoLatino aplica:
1. Conocimiento del Cliente (KYC) Básico
Registro inicial: Todos los clientes (físicos o morales) deben ser mayores de 18 años y proporcionar:
Identificación oficial vigente (INE, pasaporte).
Comprobante de domicilio (no mayor a 3 meses).
Número de teléfono, correo electrónico y geolocalización del dispositivo.
Para personas morales: Acta constitutiva, poder notarial y RFC.
Verificación biométrica y facial para confirmar identidad.
Clasificación de riesgo inicial: Bajo, medio o alto, basado en perfil (volumen de operaciones, jurisdicción, PEP — Personas Políticamente Expuestas).
2. Diligencia Debida (CDD) y Diligencia Debida Reforzada (EDD)
CDD estándar: Para operaciones ≤ 210 UMAs ($23,700 MXN), verificar origen de fondos y propósito de la transacción.
EDD para alto riesgo: Para operaciones > 210 UMAs, PEP, jurisdicciones de alto riesgo (FATF) o patrones inusuales:
Prueba de origen de fondos (estados de cuenta, nóminas).
Monitoreo continuo de transacciones.
Verificación de beneficiarios finales (UBO) para morales.
Pagos por terceros: Permitidos solo con autorización expresa del cliente. PesoLatino rechaza pagos si el tercero no cumple o genera sospechas, conforme al artículo 17 fracción XXII de la LFPIORPI. El cliente garantiza la legitimidad y asume toda responsabilidad.
No se aceptan clientes de países sancionados (OFAC, UE) o listados en la Lista de Personas Bloqueadas de la UIF.
MONITOREO DE TRANSACCIONES Y DETECCIÓN DE ACTIVIDADES SOSPECHOSAS
PesoLatino implementa sistemas automatizados de monitoreo en tiempo real, conforme al artículo 20 de la LFPIORPI y las reformas de 2025:
Umbrales de reporte:
Operaciones > 210 UMAs en criptoactivos: Reporte inmediato como Operación Relevante (AOR) a la UIF.
Comisiones > 4 UMAs: Reporte obligatorio.
Indicadores de sospecha (red flags):
Transacciones frecuentes de alto valor sin justificación económica.
Uso de VPN o geolocalización inconsistente.
Pagos por terceros sin relación clara.
Patrones de "smurfing" (división de montos) o mixing de criptoactivos.
Operaciones con wallets de alto riesgo (identificados vía blockchain analysis).
Acciones: Suspensión temporal de la Cuenta, solicitud de documentación adicional y reporte a UIF dentro de 24 horas si se confirma sospecha. PesoLatino utiliza herramientas de análisis blockchain para rastreo.
REPORTES Y COMUNICACIONES CON AUTORIDADES
Avisos de Operaciones Relevantes (AOR): Enviados electrónicamente al Portal de la UIF para transacciones que excedan umbrales o sean sospechosas.
Avisos de Operaciones Sospechosas: Dentro de 3 días hábiles, incluyendo detalles de cliente, transacción y justificación.
Reportes anuales: Evaluación de riesgos y volumen de operaciones a la CNBV.
Confidencialidad: No se notifica al cliente sobre reportes, conforme al artículo 23 de la LFPIORPI.
CONSERVACIÓN DE REGISTROS
Todos los documentos, transacciones y reportes se conservan por 10 años en formato digital seguro, accesible para auditorías de la CNBV o UIF (artículo 26 LFPIORPI). Incluye logs de acceso, geolocalización y verificaciones KYC.
CAPACITACIÓN Y CONCIENTIZACIÓN
Entrenamiento anual: Obligatorio para todo el personal, cubriendo LFPIORPI, Ley Fintech, red flags y procedimientos internos. Mínimo 8 horas/año, con certificación.
Actualizaciones: Sesiones trimestrales sobre reformas (e.g., umbrales 2025).
Canal de reportes internos: Línea anónima para denuncias de irregularidades (whistleblower).
AUDITORÍA Y REVISIÓN
Auditoría interna: Semestral, por equipo independiente, evaluando efectividad de controles.
Auditoría externa: Anual, por firma autorizada por CNBV.
Revisión de la Política: Anual o ante cambios regulatorios (e.g., DOF 16/07/2025). Aprobada por la Dirección General.
SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO
Internas: Advertencia, suspensión o terminación laboral. Externas: Reporte a autoridades. Clientes: Suspensión indefinida de Cuenta y reporte a UIF.
PesoLatino se compromete a un cumplimiento proactivo, colaborando con la UIF y CNBV. Para consultas: contacto@pesolatino.com
Aprobado por: Dirección General de PesoLatino